Historia del derecho a la ciudad: una propuesta que va más allá de un nuevo concepto
El derecho a la ciudad no es una propuesta nueva. El término apareció en 1968 cuando el francés Henri Lefebvre escribió su libro El derecho a la ciudad tomando en cuenta el impacto negativo sufrido por las ciudades en los países de economía capitalista, con la conversión de la ciudad en una mercancía al servicio exclusivo de los intereses de la acumulación del capital.
Como
contrapropuesta a este fenómeno, Lefebvre construye una propuesta política que
parte de la ciudad para reivindicar la posibilidad que la gente volviera a ser
dueña de la ciudad. Frente a los efectos causados por el neoliberalismo, como
la privatización de los espacios urbanos, el uso mercantil de la ciudad, la
predominancia de industrias y espacios mercantiles, se propone una nueva
perspectiva política denominada derecho a la ciudad. La ciudad fue tomada por
los intereses del capital y así dejó de pertenecer a la gente, por lo tanto Lefebvre
aboga a través del derecho a la ciudad por “rescatar el hombre como elemento
principal, protagonista de la ciudad que él mismo ha construido”. El derecho a
la ciudad es entonces restaurar el sentido de ciudad, instaurar la posibilidad
del “buen vivir” para todos, y hacer de la ciudad “el escenario de encuentro
para la construcción de la vida colectiva”
Asimismo, la vida colectiva se puede construir sobre la base de la idea de la ciudad como producto cultural, colectivo y, en consecuencia, político. La ciudad, como lo analiza Jordi Borja, es un espacio político, donde es posible la expresión de voluntades colectivas, es espacio para la solidaridad, pero también para el conflicto. El derecho a la ciudad es la posibilidad de construir una ciudad en la que se pueda vivir dignamente, reconocerse como parte de ella, y donde se posibilite la distribución equitativa de diferentes tipos de recursos: trabajo, de salud, de educación, de vivienda, recursos simbólicos: participación, acceso a la información, etc.
El derecho
a la ciudad es “el derecho de toda persona a crear ciudades que respondan a las
necesidades humanas. Todo el mundo debería tener los mismos derechos para
construir los diferentes tipos de ciudades que queremos. El derecho a la ciudad
como lo afirma David Harvey, no es simplemente el derecho a lo que ya está en
la ciudad, sino el derecho a transformar la ciudad en algo radicalmente
distinto”.
La reivindicación de la posibilidad necesaria de crear otra ciudad, se basa en los derechos humanos, y más precisamente en los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC). El fenómeno de la ciudad está analizado y pensado a través de los conceptos de ciudadanía y espacio público con una visión integral e interdependiente de los derechos humanos para lograr la meta de recuperar la ciudad para todos sus habitantes. Sin embargo, es importante aclarar que el derecho a la ciudad no es un derecho más, es el derecho a hacer cumplir los derechos que ya existen formalmente. Por eso el derecho a la ciudad se basa en una dinámica de proceso y de conquista, en el cual los movimientos sociales son el motor para lograr el cumplimiento del derecho a la ciudad.
La Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad
Un paso fundamental en la construcción del derecho a la ciudad ha sido la elaboración de la Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad articulada por Habitat International Coalition (HIC).
Un
conjunto de movimientos populares, organizaciones no gubernamentales,
asociaciones profesionales, foros y redes nacionales e internacionales de la
sociedad civil, comprometidas con las luchas sociales por ciudades justas,
democráticas, humanas y sustentables, construyeron una Carta Mundial por el
Derecho a la Ciudad que busca recoger los compromisos y medidas que deben ser
asumidos por la sociedad civil, los gobiernos locales y nacionales,
parlamentarios y organismos internacionales para que todas las personas vivan
con dignidad en las ciudades.
El proceso que dio pie a esta iniciativa se inició dentro de las actividades preparatorias de la II Conferencia Mundial de Naciones Unidas sobre Medio Ambiente que bajo el título « Cumbre de la Tierra” se realizó en Río de Janeiro, Brasil, en 1992. El Foro Nacional por la Reforma Urbana (FNRU) de Brasil, la Coalición Internacional para el Hábitat (HIC) y el Frente Continental de Organizaciones Comunales (FCOC) conjuntaron esfuerzos para redactar y suscribir en esa ocasión el Tratado sobre Urbanización “Por ciudades, villas y poblados justos, democráticos y sustentables”. Como parte del proceso preparatorio de la Cumbre de la Tierra, HIC organizó ese mismo año, en Túnez, el Foro Internacional sobre Medio Ambiente, Pobreza y Derecho a la Ciudad en el que, por primera vez, miembros de nuestra Coalición provenientes de diversas regiones del mundo debatieron sobre el tema. Unos años más tarde, en octubre de 1995, varios miembros de HIC participamos en el encuentro “Hacia la Ciudad de la Solidaridad y la Ciudadanía” convocado por UNESCO. Este encuentro abrió de hecho la participación de este organismo en el tema de los derechos urbanos. Ese mismo año las organizaciones brasileñas promovían la Carta de Derechos Humanos en la Ciudad, antecedente civil del Estatuto de la Ciudad que promulgaría años más tarde el gobierno de Brasil (ler Foro Nacional de Reforma Urbana, FNRU: Articulando la sociedad civil en Brasil. Otro hito importante en el camino que condujo hacia la iniciativa de formular una Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad lo constituyó la Primera Asamblea Mundial de Pobladores, realizada en México en el año 2000, en la que participaron alrededor de 300 delegados de organizaciones y movimientos sociales de 35 países. Bajo el lema “repensando la ciudad desde la gente”, se debatió en torno a la concepción de un ideal colectivo que diera base a propuestas orientadas a la construcción de ciudades democráticas, incluyentes, educadoras, habitables, sustentables, productivas y seguras. Un año después, ya en el marco del Primer Foro Social Mundial, se abriría el proceso conducente a la formulación de la Carta. A partir de entonces, y en ocasión de los encuentros anuales del Foro Social Mundial y de los Foros Sociales regionales, se ha venido trabajando sobre los contenidos y las estrategias de difusión y promoción de la Carta.
En forma paralela a estas iniciativas de la sociedad civil, algunos gobiernos, tanto a nivel regional, como nacional y local, han venido generando instrumentos jurídicos que buscan normar los derechos humanos en el contexto urbano. Destacan, entre los más avanzados a nivel internacional, la Carta Europea de Salvaguarda de los Derechos Humanos en la Ciudad, firmada hasta ahora por más de 400 ciudades, el Estatuto de la Ciudad de Brasil, decretado en julio de 2001; y, a escala local, la Carta de Montreal, y la Carta de la ciudad de México por el derecho a la ciudad. Cabe destacar también la inclusión reciente del derecho a la ciudad en las constituciones de Ecuador (ler Derecho a la vivienda y la ciudad en la nueva Constitución de Ecuador) y de Bolivia.
Las
dimensiones y los componentes del derecho a la ciudad
El
derecho a la ciudad es:
- el
derecho a un hábitat que facilite el tejido de las relaciones sociales
- el
derecho a sentirse parte de la ciudad (sentido de cohesión social y
construcción colectiva)
- el
derecho a vivir dignamente en la ciudad
- el
derecho a la convivencia
- el
derecho al gobierno de la ciudad
- el
derecho a la igualdad de derechos
Según la Carta Mundial del Derecho a la Ciudad, este nuevo derecho es un derecho colectivo de los habitantes de las ciudades, en especial de los grupos vulnerables y desfavorecidos, que les confiere legitimidad de acción y de organización, basado en sus usos y costumbres, con el objetivo de alcanzar el pleno ejercicio del derecho a la libre autodeterminación y un nivel de vida adecuado. Se realiza el derecho a la ciudad cuando hay:
- ejercicio
pleno de la ciudadanía y gestión democrática de la ciudad
- función
social de la ciudad y de la propiedad urbana
- igualdad,
no discriminación
- protección
especial de grupos y personas en situación de vulnerabilidad
- compromiso
social del sector privado
- impulso
de la economía solidaria y políticas impositivas progresivas
- planificación
y gestión social de la ciudad
- producción
social del hábitat
- desarrollo
urbano equitativo y sustentable
- derecho a
la información pública
- libertad
e integridad
- participación
política
- derecho a
la justicia
- derecho a
la seguridad pública y a la convivencia pacífica, solidaria y multicultural
- derecho
al agua, al acceso y suministro de servicios públicos domiciliarios y urbanos
- derecho
al transporte público y la movilidad urbana
- derecho a
la vivienda
- derecho
al trabajo
- derecho a
un medio ambiente sano y sostenible
En resumen, la Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad basa su propuesta en tres ejes fundamentales:
·
el
ejercicio pleno de la ciudadanía, es decir el ejercicio de todos los derechos
humanos que aseguran el bienestar colectivo de los habitantes y la producción y
gestión social del hábitat;
·
la
gestión democrática de la ciudad, a través de la participación de la sociedad
de forma directa y participativa, en el planeamiento y gobierno de las
ciudades, fortaleciendo las administraciones públicas a escala local, así como
las organizaciones sociales;
·
la
función social de la propiedad y de la ciudad, siendo predominante el bien
común sobre el derecho individual de propiedad, lo que implica el uso
socialmente justo y ambientalmente sustentable del espacio urbano.
Según Borja, el desarrollo y legitimación de los derechos ciudadanos dependerá de un triple proceso:
·
Un
proceso cultural, de hegemonía de los valores que están en la base de estos
derechos y explicitación de los mismos;
·
Un
proceso social, de movilización ciudadana para conseguir su legalización y la
creación de mecanismo y procedimientos que los hagan efectivos;
·
Un
proceso político-institucional para formalizarlos, consolidarlos y desarrollar
las políticas para hacerlos efectivos.
El mismo autor afirma que los actores principales de este proceso no son las estructuras políticas tradicionales del estado y los partidos políticos, sino movimientos sociales. Así, el derecho a la ciudad es una respuesta estratégica, un paradigma frente a la exclusión social y a la segregación espacial generado por el neoliberalismo. Es una reivindicación para que la gente vuelva a ser dueña de la ciudad y es un escenario de encuentro para la construcción de la vida colectiva.
Las estrategias de conquista del derecho a la ciudad
Basándose en la constatación de que actualmente se ha creado “ciudades sin ciudadanos”, el derecho a la ciudad es la bandera de lucha para estos mismos a quienes les han quitado el derecho a tener un espacio digno para desarrollarse. El derecho a la ciudad contiene muchos derechos lo que lo vuelve muy difícil de exigir e implementar, es entonces una bandera de lucha para los movimientos sociales. Para conquistar el derecho a la ciudad, es necesario primero difundir lo que es, activar los procesos de movilización social e incidir en la formulación de políticas públicas. Este proceso se ha desarrollado de manera amplia en varios países de América Latina, sobre todo en Brasil, México y Ecuador. Sin embargo, el derecho a la ciudad no es una propuesta que solamente tuvo resonancia en esta región: tiene un carácter claramente global y este dossier sobre derecho a la ciudad tiene como objetivo de difundir las experiencias desarrolladas en distintos países del mundo de derecho a la ciudad, para así demostrar que sí, otra ciudad es posible.
Eso implica cambios estructurales profundos en los patrones de producción, consumo y en las formas de apropiación del territorio y de los recursos naturales. El derecho a la ciudad se refiere a la “búsqueda de soluciones contra los efectos negativos de la globalización, la privatización, la escasez de los recursos naturales, el aumento de la pobreza mundial, la fragilidad ambiental y sus consecuencias para la supervivencia de la humanidad y del planeta.” Tomando en cuenta la crisis global que vivimos hoy día, y que presenta un carácter sobretodo urbano (partiendo de la crisis del mercado inmobiliario en Estados Unidos), Harvey afirma que “si esta crisis es fundamentalmente una crisis de urbanización, entonces, la solución debería ser la urbanización, y ahí es donde la lucha por el derecho a la ciudad es fundamental, puesto que tenemos la oportunidad de hacer algo diferente”. Sí, existen alternativas al desarrollo urbano basado en la mercantilización, la privatización, el deterioro de los vínculos sociales, y el derecho a la ciudad es una herramienta, una propuesta para lograr la construcción de ciudades diferentes en donde todos puedan tener un lugar para vivir en dignidad.
Fuente:http://base.d-p-h.info/es/fiches/dph/fiche-dph-8034.html
HIC (Habitat International Coalition) - General
Secretariat / Ana Sugranyes Santiago Bueras 142, Of.22, Santiago,
CHILI - Tel/fax: + 56-2-664 1393, + 56-2-664 9390 - Chile - www.hic-net.org/
- gs (@) hic-net.org
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